¿Se puede realizar la pensión compensatoria en un solo pago?
La respuesta a la pregunta formulada en el título de este artículo es: Sí. No obstante, aunque se trata de una forma alternativa de pagar la pensión establecida, ésta es poco frecuente. Esto se debe a que para poder proceder al pago de dicha pensión en una sola cuota se ha de tener un patrimonio bastante alto. Suele concederse en aquellos casos en que los cónyuges han tenido un matrimonio de muy corta duración y uno de ellos cuenta con un trabajo fijo y estable.
Para que se pueda fijar, será necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en que la pensión compensatoria se abone en una sola cuota. Otra opción sería, que una vez fijada dicha pensión, se pretenda abonar en una sola cuota, en cuyo caso, deberá realizarse un pacto entre los ex cónyuges, debiendo dicho pacto ser homologado posteriormente por el mismo Juez que conoció del divorcio.
Como ponemos de manifiesto en el párrafo anterior, el citado acuerdo necesita ser aprobado judicialmente, ya que el Juez será el encargado de que se cumplan las debidas garantías, protegiendo sobre todo, los intereses de los hijos, si los hubiere, y de los ex cónyuges, en aquellos casos en los que el Juez observe algún motivo por el cual dichas garantías pudieran ser vulneradas, en cuyo caso, no aceptará el acuerdo del pago único de la pensión compensatoria.
Una vez realizado el pago de la totalidad de la pensión compensatoria en una sola cuota, el ex cónyuge que se encontraba en situación de desequilibrio, podrá disponer libremente de dicha pensión, desapareciendo así la vinculación económica entre ambos.
¿Tiene todavía alguna duda sobre cómo poder abonar o ser beneficiario de un una pensión compensatoria de cuota única? ¿Necesita asesoramiento sobre alguna otra cuestión que guarde relación con procesos de separación, nulidad o divorcio? No se lo piense más y acérquese a nuestro despacho en Málaga. Nuestros abogados le orientarán, y buscarán junto con usted la mejor solución.
Para que se pueda fijar, será necesario que ambos cónyuges estén de acuerdo en que la pensión compensatoria se abone en una sola cuota. Otra opción sería, que una vez fijada dicha pensión, se pretenda abonar en una sola cuota, en cuyo caso, deberá realizarse un pacto entre los ex cónyuges, debiendo dicho pacto ser homologado posteriormente por el mismo Juez que conoció del divorcio.
Como ponemos de manifiesto en el párrafo anterior, el citado acuerdo necesita ser aprobado judicialmente, ya que el Juez será el encargado de que se cumplan las debidas garantías, protegiendo sobre todo, los intereses de los hijos, si los hubiere, y de los ex cónyuges, en aquellos casos en los que el Juez observe algún motivo por el cual dichas garantías pudieran ser vulneradas, en cuyo caso, no aceptará el acuerdo del pago único de la pensión compensatoria.
Una vez realizado el pago de la totalidad de la pensión compensatoria en una sola cuota, el ex cónyuge que se encontraba en situación de desequilibrio, podrá disponer libremente de dicha pensión, desapareciendo así la vinculación económica entre ambos.
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